REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 19 de Marzo de 2013.
Años: 202° y 153°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por la ciudadana GEORGINA SANDOVAL APARICIO, venezolana, soltera, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.101.268, con domicilio en la Calle Alejandro Febres, Sector Centro II, casa s/n, Las Vegas, Municipio Rómulo Gallegos, estado Cojedes; debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio; JOSEFINA COROMOTO SILVA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-4.101.351, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 178.580 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. VICENTE A. APONTE M.
LA SECRETARIA ACC,
Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 4235-13
LA SECRETARIA ACC,
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
VAAM/FMM/zh.-