REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 12 de Marzo de 2013.
Años: 202° y 153°
Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por la ciudadana LILIBETH MARIA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-12.364.769, de este domicilio; debidamente asistidos en este acto por el abogado; REYNALDO MUJICA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-16.425.858, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 122.321, de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
El Juez Provisorio,
Abg. VICENTE A. APONTE M.
LA SECRETARIA ACC
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 4216/13.-
LA SECRETARIA ACC,
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
Solicitud Nº. 4216/13.-
VAAM/FMM/zh.-