REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO
SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES

SAN CARLOS, 11 DE MARZO DE 2013
202° y 154°

Visto que el día 06-03-2013, Fue decretado no laborable, en virtud del Duelo Nacional decretado y por cuanto se tenia fijado para el día 07-03-2013, la ocasión de la audiencia de juicio oral y privado en la Causa Nº 1J-286-13, seguida contra las adolescentes: (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA); y (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS A LOS FINES DE SU DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 149, Primer Aparte, con las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 163, numeral 7º, todos de la Ley Orgánica de Drogas; y del delito de ULTRAJE A FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en al artículo 222, ordinal 1º del código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, es la razón por la cual este Tribunal acuerda reprogramar la audiencia del juicio oral y privado y fijarlo para el día Jueves, 14 de Marzo de 2013 a las, 02:00 horas de la tarde; por todo lo anterior es la razón por la cual este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Reprogramar el juicio oral y privado, quedando fijado en definitiva para el día JUEVES, CATORCE (14) DE MARZO DE 2013 A LAS 02:00 HORAS DE LA TARDE. SEGUNDO: Notificar a las partes del presente auto. TERCERO : Citar a los órganos de Pruebas y Oficiar lo conducente a la oficina de Participación Ciudadana y al Servicio de Alguacilazgo, a los fines de proveer lo conducente en relación a la celebración del Juicio Oral y Privado en la presente causa. Cúmplase lo ordenado.- Así se decide.
LA JUEZA EN FUNCION DE JUICIO

ABG. ADELA CARRASCO BARRETO

LA SECRETARIA

ABG. DEISY ALEJANDRA CONTRERA


CAUSA Nº 1J-286-13
Exp. Fiscal Nº 09F05-00276-12