REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
San Carlos, 26 de Marzo de 2013
202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: HJ21-P-2012-000574
ASUNTO: HJ21-P-2012-000574
RESOLUCION NUMERO PJ0072013000091


Cúmplase la Sentencia Definitivamente Firme, proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, de fecha 28 de febrero de 2013 , en el asunto alfanumérico HJ21-P-2012-000574 seguida DIEGO RAFAEL HERNANDEZ VALERA, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad numero 13.441.996;natural de tinaquillo Estado Cojedes, quien nació el día 27-1174profesion u oficio estudiante residenciado en sector la candelaria, calle piar. Casa numero 11-155 Tinaquillo estado Cojedes CONDENADO a cumplir la pena de UN (01)AÑO de prisión por ser AUTOR RESPONSABLE en la comisión del delito POSESION DE POSESION DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 153 de la ley orgánica de droga en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO.
Este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a realizar el Cómputo de la Pena impuesta a el ciudadano penado DIEGO RAFAEL HERNANDEZ VALERA, quien fue condenado a cumplir la pena de UN (01)AÑO de prisión por ser AUTOR RESPONSABLE en la comisión del delito POSESION DE POSESION DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 153 de la ley orgánica de droga en perjuicio de ESTADO Venezolano, fue privado de su libertad en fecha 27 de abril de 2012, manteniéndose en esa condición hasta el día 29 de abril de 2012, por cuanto se acordó sustituir la medida judicial privativa de libertad acordando a su favor la medida cautelar de presentación periódica por ante la Unidad del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por lo que estuvo privado de su libertad por un lapso de 0 AÑOS 0 MESES 2 DIAS 0 HORAS 0 MINUTOS, faltándole por cumplir la pena de 0 AÑOS 11 MESES 28 DIAS 0 HORAS 0 MINUTOS, la cual culminaría el día 27/5/2013.
Ahora bien, el ciudadano penado DIEGO RAFAEL HERNANDEZ VALERA, puede optar, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PRIMERO: Ejecutada la Sentencia Definitivamente Firme, proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, de fecha 28 de febrero de 2013 , en el asunto alfanumérico HJ21-P-2012-000574 seguida DIEGO RAFAEL HERNANDEZ VALERA, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad numero 13.441.996;natural de tinaquillo Estado Cojedes, quien nació el día 27-1174profesion u oficio estudiante residenciado en sector la candelaria, calle piar. Casa numero 11-155 Tinaquillo estado Cojedes CONDENADO a cumplir la pena de UN (01)AÑO de prisión por ser AUTOR RESPONSABLE en la comisión del delito POSESION DE POSESION DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 153 de la ley orgánica de droga en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO. . ASI SE DECIDE. SEGUNDO: estuvo privado de su libertad por un lapso de 0 AÑOS 0 MESES 2 DIAS 0 HORAS 0 MINUTOS, faltándole por cumplir la pena de 0 AÑOS 11 MESES 28 DIAS 0 HORAS 0 MINUTOS, la cual culminaría el día 27/5/2013 ASI SE DECIDE. TERCERO: Fija el día QUINCE (15) DE ABRIL DE 2013 A LAS 10:45 HORAS DE LA MAÑANA, para la celebración de la audiencia especial de imposición de computo de pena en la presente decisión. ASI SE DECIDE. CUARTO: Remítase copia certificada del cómputo respectivo a la Unidad Técnica para el Apoyo Penitenciario una vez conste la imposición del presente cómputo para la respectiva evaluación Psico-Social al penado. ASI SE DECIDE. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada, en la sede del Tribunal de primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes. En SAN CARLOS, a los Veintiséis (26) días del mes de MARZO DE 2013; años Doscientos DOS de la Independencia y Ciento Cincuenta y Cuatro de la Federación.-

OMAIRA MARGARITA HENRIQUEZ AGUIAR
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION


MAYRETH MARTINEZ
LA SECRETARIA DE EJECUCIÓN

En esta misma fecha se cumplió lo ordenado
(Sctrío)