REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
San Carlos, 15 de Marzo de 2013
202º y 154º


ASUNTO PRINCIPAL: HJ21-P-2011-000101
ASUNTO: HJ21-P-2011-000101
RESOLUCION NUMERO PJ0072013000075


Cúmplase la Sentencia Definitivamente Firme, proferida por el Tribunal segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, de fecha 04-02-2013, en el asunto alfanumérico HJ21-P-2011-000101, seguida CLEMENTE ANTONIO GUERRA OLIVERO Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-20.042.666 , fecha de nacimiento 13/02/1991 de 22 años de edad, residenciado en calle principal, caserío solano casa sin número, cerca de la bodega del sur, José Manzanero, municipio Ezequiel Zamora estado Cojedes, a cumplir una pena de Un (01) año seis (06) meses por el delio de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del la ciudadana María Martínez Velásquez (occiso)
Este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a realizar el Cómputo de la Pena impuesta a el ciudadano penado CLEMENTE ANTONIO GUERRA OLIVERO, titular de la cédula de identidad numero 20.042.666, quien fue condenado a cumplir la pena de Un (01) año seis (06) meses por el delio de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del la ciudadana María Martínez Velásquez (occiso), fue privado de libertad en fecha 19/ AGOSTO 2011, manteniéndose en esa condición hasta el día 20 AGOSTO 2011, por cuanto se acordó sustituir la medida judicial privativa de libertad acordando a su favor la medida cautelar de presentación periódica por ante la Unidad del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por lo que estuvo privado de su libertad por un lapso de UN (01) DIA, faltándole por cumplir la pena de 1 AÑOS 5 MESES 30 DIAS 0 HORAS 0 MINUTOS, la cual culminaría el día 19/2/2013, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley.
Ahora bien, el ciudadano penado CLEMENTE ANTONIO GUERRA OLIVERO, puede optar, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA PRIMERO: Ejecutada la Sentencia Definitivamente Firme, proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, de fecha 04-02-2013, en el asunto penal alfanumérico HJ21-P-2011-000101, mediante la cual CONDENÓ a cumplir la pena de Un (01) año seis (06) meses al sentenciado ciudadano CLEMENTE ANTONIO GUERRA OLIVERO, titular de la cédula de identidad numero 20.042.666, por ser AUTOR RESPONSABLE en la comisión del delito de por el delio de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del la ciudadana María Martínez Velásquez (occiso). ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Fija el día VEINTITRES (23) DE ABRIL DE 2013 A LAS 10:40 HORAS DE LA MAÑANA, para la celebración de la audiencia especial de imposición de computo de pena en la presente decisión. ASI SE DECIDE. TERCERO: Remítase copia certificada del cómputo respectivo a la Unidad Técnica para el Apoyo Penitenciario una vez conste la imposición del presente cómputo para la respectiva evaluación Psico-Social al penado. ASI SE DECIDE. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada, en la sede del Tribunal de primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes. En SAN CARLOS, a los QUINCE (15) días del mes de MARZO DE 2013; años Doscientos DOS de la Independencia y Ciento Cincuenta y Cuatro de la Federación.-


OMAIRA MARGARITA HENRIQUEZ AGUIAR
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION


MAYRETH MARTINEZ
LA SECRETARIA DE EJECUCIÓN


En esta misma fecha se cumplió lo ordenado
(Sctrío)