REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 04 de Junio de 2013.
Años: 203° y 154°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por el ciudadano CARLOS SIMON PAEZ SILVA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.038.583, y domiciliado en Los Samanes II, calle José Félix Rivas, casa N° 12, Parroquia San Carlos, del Municipio Autónomo San Carlos del estado Cojedes; debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio PEDRO ÁNGEL FERRER TOVAR, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.277 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Ocho y Treinta de la mañana (08:30 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. JOSÉ GABRIEL PÉREZ FLORES




LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 4324-13.-
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.

JGPF/FM/zh.-