REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veintidós de julio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-V-2013-000222

Por recibido el presente asunto signado bajo el Nro. HP11-V-2013-000222, distribuido a este Tribunal, tal como consta en el comprobante de recepción emitido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos. Désele entrada, anótese en los libros correspondientes y manténgase la foliatura.
Remitido como ha sido a éste Tribunal, mediante oficio signado bajo el Nro. 181, de fecha 12/07/2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes; relativo a la demanda por motivo de Acción Mero Declarativa de Concubinato, incoada por la ciudadana Lioneida Mireya Orta Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.963.767, domiciliada en el sector Sabaneta, casa sin número, calle principal, Tinaquillo estado Cojedes, contra el ciudadano José Sarmiento Padilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.964.776; dicho Tribunal declinó la competencia por razón de materia para conocer de la presente causa, toda vez que se evidencia que el órgano competente para ello es el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes.
Ahora bien, debe esta Juzgadora pronunciarse acerca de la presente causa declinada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, para lo cual observa que de conformidad con el marco legal, establecido en la Ley Orgánica de Protección para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sobre la competencia por materia, corresponde a éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes ejercer de forma exclusiva y excluyente el conocimiento de los asuntos en los cuales e encuentren involucrados los Derechos e Intereses de niños, niñas y adolescentes.
Siendo que el artículo 177, literal “k” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece que:

“El Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, competente en las siguientes materias, que guarden relación con asuntos de familia de naturaleza contenciosa tal como Divorcio, Nulidad del Matrimonio, Separación de Cuerpos y Partición de la Comunidad Conyugal o de uniones estables de hecho.”.

De allí que, en el presente caso por encontrase los derechos e intereses de las niñas Manuelis Madeleine y Evelyn Manuela, de doce (12) y nueve (9) años, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 177, literal “k” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes éste Tribunal se declara competente en razón de materia para conocer del presente asunto. Y así se decide.
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara Competente por razón de Materia para conocer del procedimiento por motivo de Acción Mero Declarativa de Concubinato, incoado por la ciudadana Lioneida Mireya Orta Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.963.767, domiciliada en el sector Sabaneta, casa sin número, calle principal, Tinaquillo estado Cojedes, contra el ciudadano José Sarmiento Padilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.964.776; Segundo: notificar a las partes contendientes y al representante de la Fiscalía IV del Ministerio Publico del estado Cojedes. Cúmplase lo ordenado
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos, a los 22 de Julio de 2013. Años. 203 de la Independencia y 154º de la Federación.

La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria

Abg. Crisalida Torrealba