REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 14 de Febrero de 2013.
Años: 202° y 153°.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos; YAMIL ANTONIO RAMIREZ y NAYLETH DEL CARMEN DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.987.410, y V-10.990.532, respectivamente domiciliados, el primero en Sector San Miguel, calle el Samán casa s/n, Municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes, la segunda en el Sector San José, calle el cerrito casa s/n, del Municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes; debidamente asistidos por el abogado en ejercicio DAVID JOSÉ APARICIO VELOZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.986.032, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 187.192; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
El Juez Provisorio,
Abg. VICENTE A. APONTE M.
La Secretaria Acc,
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el N° 2134/13.-
La Secretaria Acc,
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
VAAM/FMM/hz.-