REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes.
San Carlos, catorce (14) de febrero de dos mil trece (2013)
202º y 153º
ASUNTO: HP01-L-2012-000042
Vista y analizadas las actuaciones insertas en el presente asunto, del juicio incoado por el ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.019.931 contra el ciudadano VICTOR ALCON, titular de la cedula de identidad Nº V-8.672.024 por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Beneficios Laborales. En virtud de escrito presentado por una parte por el Abogado ANTONIO ORTEGA LLOVERA, INSCRITO EN EL IPSA BAJO EL Nº 100.607, EN SU CARÁCTER DE APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE Y POR LA OTRA LA ABOGADA ELIDE LINCON ASCANIO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 39.911, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, a los fines de celebrar UNA TRANSACCION TOTAL Y DEFINITIVA que ponga fin al presente juicio, mediante cheque Nº 46351823, por la cantidad de VEINTITRÉS MIL BOLIVARES, (23.000,00 BS) a nombre del ciudadano ANTONIO ORTEGA, girado contra la entidad financiera Banesco Banco Universal Agencia Tinaquillo, solicitando igualmente el cierre, archivo definitivo del expediente y su respectiva homologación, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, luego de haber revisado los referidos escritos y cumpliendo con lo establecido en el articulo 89 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en los artículos 263, 264 y 255 del Código de Procedimiento Civil, por remisión analógica del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, imparte la debida homologación en los términos acordados por las partes, a los fines de que tenga Autoridad de Cosa Juzgada. Así se Decide. En consecuencia se da por terminado el presente asunto y se ordena su remisión, al Tribunal de origen, para su guarda y custodia, hasta su envío definitivo al Archivo Judicial. Ofíciese lo conducente. Cúmplase. Es todo.-
La Jueza Titular,
Abg. Denis Margarita León Sequera.
La Secretaria
Abg. Ledys Homayden
DMLS/.lh- HP01-L-2012-000042
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