REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO
DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 25 de Febrero de 2013
202° y 153º

En el día de hoy, Lunes, veinticinco (25) de Febrero de Dos Mil Trece (2013), siendo las 11:00 horas de la mañana, se constituye en sesión privada este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, conformado por la ciudadana Jueza de Juicio ABG. ADELA CARRASCO BARRETO, el ciudadano Secretario de Juicio ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ, el Alguacil de Sala ARQUIMEDES VARGAS, siendo el día y la hora fijados para la continuación del JUICIO ORAL Y PRIVADO en la Causa Nº 1J-278-12, seguida contra el adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), por la presunta comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO DEL HOMICIDIO CALIFICADO DURANTE LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º y artículo 458 ambos del Código Penal, en perjuicio de JOSE NECTALI GACHARNA OVALLE (OCCISO). Se anunció el acto. Se anunció el acto. Seguidamente el Alguacil de sala informa al Tribunal que se encuentran presentes la FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, representada por el ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ, igualmente se encuentra presente el defensor privado, ABG. NELSON EDUARDO GARCES; se encuentra presente la representante legal del acusado MARIA GUILLERMINA SEVILLA CIDRIAN de igual manera informa que se encuentra el acusado (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA); asimismo se deja constancia de la incomparecencia de Órganos de prueba. El Tribunal oída la información suministrada por el alguacil, en cuanto a la incomparecencia de Órganos de Prueba y por cuanto nos encontramos dentro del lapso legal establecido, en el artículo 588 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es por lo que se acuerda diferir el presente juicio oral y privado y fijarlo nuevamente para el día lunes, cuatro (04) de Marzo de 2013 a las 09:00 horas de la mañana. Por lo antes expuesto es por lo que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: PRIMERO: Diferir el presente acto y fijarlo para el día LUNES, CUATRO (04) DE MARZO DE 2013 A LAS 09:00 HORAS DE LA MAÑANA. Así se decide. Quedando así notificadas las partes presentes de la decisión. SEGUNDO: Cítese a los ÓRGANOS DE PRUEBA POR EVACUAR y empléese la Fuerza Pública para los funcionarios supra indicados. Se deja constancia que en el presente acto se dio cumplimiento a las formalidades de ley exigidas para su validez. Es todo Terminó se leyó y conformes firman. Ofíciese lo conducente. Líbrese las boletas respectivas. ASI SE DECIDE. Se termino siendo las 11:10 horas de la mañana. Se leyó y conformes las partes presentes firman.


LA JUEZA
ADELA CARRASCO BARRETO


FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ

DEFENSOR PRIVADO
ABG. NELSON EDUARDO GARCES





ACUSADO
(NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA)






Representante legal del acusado MARIA GUILLERMINA SEVILLA CIDRIAN






ALGUACIL
ARQUIMEDES VARAGAS





SECRETARIO
ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ
















CAUSA Nº 1J-278-12
EXPEDIENTE FISCAL V Nº 09-DPIF-F05-00219-12