REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO
DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 13 de Febrero de 2013
202° y 153º


En el día de hoy, miércoles, trece (13) de Febrero de Dos Mil Trece (2013), luego de un lapso de espera de treinta minutos por el defensor privado ABG. NELSON EDUARDO GARCES, siendo las 10:30 horas de la mañana, se constituye en sesión privada este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, conformado por la ciudadana Jueza de Juicio ABG. ADELA CARRASCO BARRETO, el ciudadano Secretario de Juicio ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ, el Alguacil de Sala JOAN PERDOMO, siendo el día y la hora fijados para el inicio del JUICIO ORAL Y PRIVADO en la Causa Nº 1J-278-12, seguida contra el adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), por la presunta comisión del delito de COOPERADOR INMEDIATO DEL HOMICIDIO CALIFICADO DURANTE LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º y artículo 458 ambos del Código Penal, en perjuicio de JOSE NECTALI GACHARNA OVALLE (OCCISO). Se anunció el acto. Seguidamente el Alguacil de sala informa al Tribunal que se encuentran presentes la FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, representada por el ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ, se encuentra presente la representante legal del acusado MARIA GUILLERMINA SEVILLA CIDRIAN de igual manera informa que se encuentra el acusado (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA). Igualmente se encuentra incompareciente el defensor privado, ABG. NELSON EDUARDO GARCES. El Tribunal oída la información suministrada por el alguacil, en cuanto a la incomparecencia del defensor privado, ABG. NELSON EDUARDO GARCES y por cuanto nos encontramos dentro del lapso legal establecido, en el artículo 585 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es por lo que se acuerda diferir el presente juicio oral y privado y fijarlo nuevamente para el día lunes, dieciocho (18) de Febrero de 2013 a las 02:00 horas de la tarde. Por los antes expuesto es por lo que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: Primero: Diferir el presente acto y fijarlo para el día LUNES, DIECIOCHO (18) DE FEBRERO DE 2013 A LAS 02:00 HORAS DE LA TARDE. Así se decide. Quedando así notificadas las partes presentes de la decisión. Cítese a los órganos de pruebas intervinientes en el presente caso. Terminó siendo las 10:40 horas de la mañana y conformes firman.

LA JUEZA
ADELA CARRASCO BARRETO
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ




ACUSADO
(NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA)


Representante legal del acusado MARIA GUILLERMINA SEVILLA CIDRIAN




ALGUACIL
JOAN PERDOMO



SECRETARIO
ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ

CAUSA Nº 1J-278-12
EXPEDIENTE FISCAL V Nº 09-DPIF-F05-00219-12