REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.-

San Carlos, 07 de Enero de 2013.-
Años 202° y 153°

Vista la diligencia anterior, suscrita por el ciudadano JUAN BAPTISTA HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 17.777.527, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.325, en representación del ciudadano CARLOS LORENZO PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 7.562.872, se acuerda en conformidad con lo solicitado.- En consecuencia, firme como ha quedado la anterior decisión dictada por este Tribunal en fecha 28 de Noviembre de 2012, se ordena su ejecución.- Expídase por Secretaria las copias certificadas solicitadas con inserción de dicha diligencia y del presente auto, y junto con oficio, remítase copia al Registro Civil del Municipio San Carlos del estado Cojedes y al Registro Principal del mismo estado, todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Civil; se comisiona para la obtención de las copias a la ciudadana ZULEIMA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-14.324.242, asistente de este Tribunal, quien junto con la Secretaria firmará dicha certificación en todas y cada uno de sus folios; de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez Provisorio,


Abg. Vicente A. Aponte M.


La Secretaria Acc,


Abg. Felixana Márquez M.






Exp. 2071/12