REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 28 de Enero de 2013.
Años: 202° y 153°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por los ciudadanos JOSÉ MANUEL BAREÑO CASTILLO y MERY COROMOTO DIAZ PINTO, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-9.532.009 y V-8.673.456, con domicilio en la calle Leonardo Ruiz Pineda, sector Mata Abdón I, Las Vegas, Municipio Rómulo Gallegos, estado Cojedes; debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio; JUAN FELIX GALLARDO TOVAR, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.970.684, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 172.904 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. VICENTE A. APONTE M.


LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 4151-13
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.



VAAM/JC/zh.-