REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 24 de Enero de 2013.
Años: 202° y 153°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por el ciudadano ENRIQUE GUILLERMO RIVAS PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-7.532.666, domiciliado en la ciudad de San Carlos estado Cojedes, actuando en su nombre y representación de sus hijas ciudadanas CINDY DAYANA RIVAS PÉREZ y CINTHYA DAYANIRIS RIVAS PÉREZ, venezolanas, mayores de edad, solteras, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-15.486.761 y V-18.503.719; debidamente asistidos en este acto por el abogado; ALAN JOSÉ SILVA FARFAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.888.726, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.653; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
El Juez Provisorio,

Abg. VICENTE A. APONTE M.

LA SECRETARIA ACC

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 4147/13.-
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.





Solicitud Nº. 4147/13.-