REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 24 de Enero de 2013.
Años: 202° y 153°.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos; MARIBEL BARAJAS CASTRO y PEDRO ANTONIO SILVA OSTO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, solteros, de profesión Secretaria la primera nombrada y el segundo Agricultor, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-14.745.944 y V-9.535.537, respectivamente, con domicilio procesales la primera en vía la Boca Toma, sector La Maraquita casa s/n, en esta ciudad de San Carlos del estado Cojedes y el segundo en la Urbanización la Culebra, Barrio Trajo Pedro de Vera, calle B, N° A-18, en esta ciudad de San Carlos; debidamente asistidos por el abogado en ejercicio LEOPOLDO J. CEDEÑO FUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.518.065, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.612; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
El Juez Provisorio,
Abg. VICENTE A. APONTE M.
La Secretaria Acc,
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el N° 2124/13.-
La Secretaria Acc,
Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
VAAM/FMM/hz.-