REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 18 de Enero de 2013.
Años: 202° y 153°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por el ciudadano MUÑOZ JUSTO EDUARDO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad N° V-1.741.152 de profesión Contador Técnico, domiciliado en la Urbanización Barreto Méndez, calle José Tadeo Monagas casa N° N-45 del Municipio Autónomo San Carlos, estado Cojedes, actuando en representación de los coherederos MUÑOZ PAREDES EDUARDO TOMAS (Sobreviviente) MUÑOZ PAREDES AMELIA SUMAYA, (sobreviviente) todo venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.562.392 y V-8.673.565 respectivamente todos de este domicilio; debidamente asistidos en este acto por el abogado; MIGUEL EDUARDO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.041.450, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.350; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve y Treinta de la mañana (09:30 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
El Juez Provisorio,

Abg. VICENTE A. APONTE M.

LA SECRETARIA ACC

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 4143/13.-
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.





Solicitud Nº. 4143/13.-
VAAM/FMM/zh.-