REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 11 de Enero de 2013.
Años: 202° y 153°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por la ciudadana MENA CATALINA RAMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.028.799, y de este domicilio; debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio ANGEL ENRIQUE ORTIZ FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.196.803, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 146.703 de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. VICENTE A. APONTE M.

LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 4136-13
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ M.




VAAM/FMM/zh.-