REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, doce (12) de diciembre del año dos mil trece (2013)
203º y 154º


ASUNTO: HH11-V-2007-000063

I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES

DEMANDANTES: Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio San Carlos Estado Cojedes
DEMANDADOS: Nabor Onofre Chichilla Ramírez y Yadira María González Vivas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.257.840 y V-13.738.450.

BENEFICIARIOS:
Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, de quince (15), trece (13) y once (11) años de edad.
MOTIVO: Colocación en Entidad de Atención.
SENTENCIA: Interlocutoria con fuerza definitiva.

II
BREVE RELACION DE LOS HECHOS


Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio San Carlos del Estado Cojedes, mediante el cual remitieron el caso de los hermanos Fermín Antonio, Adriana del Valle, Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, Liliana Josefina y Navor Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, Gonzalez, a quienes el referido Consejo le dictó en fecha 27/03/2007, Medida de Protección de Abrigo en la Casa Hogar del Instituto Nacional del menor (INAM) y en la Casa Taller de Varones. Del análisis de las actas se observa lo siguiente:

Que la extinta Sala de Juicio Nº 01, en fecha once (11) de mayo del año dos mil siete (2007), le dio entrada, admitió y a los fines de decir la presente causa ordenó notificar al Ministerio Público, citar a la ciudadana Yadira María González Vivas, con el objeto de que diera contestación a la Medida de Protección y oficiar al Equipo Multidisciplinario la elaboración respectiva de las evaluaciones e Informe Social en el hogar de la referida ciudadana.

Mediante auto de fecha treinta y uno (31) de julio del año dos mil siete (2007), la extinta Sala de Juicio Nº 01, fijó audiencia para el día 10/08/2007 a las 09:30 de la mañana.

Mediante auto de fecha diecisiete (17) de octubre del año dos mil siete (2007), la extinta Sala de Juicio Nº 01 autorizó a los familiares maternos a visitar a los niños en los horarios regulares de visita de la entidad de atención y visto que hasta la presente fecha no se había logrado celebrar audiencia con los niños; se ordenó fijar audiencia para el 30/10/2007, a las 10:30 de la mañana.

En fecha treinta (30) de octubre del año dos mil siete (2007), la extinta Sala de Juicio Nº 01, ratificó la medida de Colocación en Entidad de Atención en la casa Hogar San Carlos, autorizó la visita de los familiares maternos en los horarios regulares de las respectivas entidades.

En fecha primero (01) de diciembre del año dos mil ocho (2008), este Tribunal se abocó al conocimiento de la presente causa, y con la finalidad de garantizar a las partes una justicia transparente y equitativa, en aras de la seguridad Jurídica de las mismas le concedió un lapso de tres (03) días de despacho, a los fines de que las partes procedieran si existiere cualquier motivo a ejercer el derecho de recusación de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 90 Código de Procedimiento Civil. Asimismo ordenó notificar a la Fiscal Cuarta IV del Ministerio Público del abocamiento.
Mediante auto de fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil nueve (2009), este Tribunal acordó fijar audiencia para el día 16/04/2009 a las 09:00 de la mañana a los fines de oír a los ciudadanos Juana María Vivas León y Fermín Antonio González, a objeto de revisar la Medida de Colocación en Entidad de Atención, se ordenó oficiar al Coordinador del Centro de Protección Villas de San Carlos de Austria, para que trasladaran a los referidos adolescentes para ser oídos el día de la audiencia.

En fecha dieciséis (16) de abril del año dos mil nueve (2009), este Tribunal acordó la práctica del Informe de Seguimiento por parte del Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial, y se fijo audiencia para el día 05/05/2009, a las 10:00 de la mañana a los fines de oír a las niñas Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, requirió a la Coordinadora de Entidad de Atención información pormenorizada de los trámites y seguimientos sociales que hayan realizado a los adolescentes y a su grupo familiar, requirió al Defensor del Pueblo así como al Director de IDENNA informar si existía en el Estado Cojedes los Programas previstos en el articulo 124 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en caso de ser afirmativo indicar que Entidades de Atención se los brinda a objeto de conocer las medidas de atención para Niños, Niñas y Adolescentes así como la familia existente dentro del Estado, especialmente se requirió información donde se pudiera remitir los casos que ameritan las medidas previstas en los literales “a, c, e, g, h, i” de la referida Ley.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejo constancia de la presencia de la ciudadana Yennifer Mailes Afanador Lira, Trabajadora Social de la Casa de Protección San Carlos de Austria, el ciudadano Manuel Hernando Farfán Aguirre, Coordinador de Defensa de Derechos y Garantías, del IDENNA, en compañía de las niñas Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, y la Fiscal Cuarta IV del Ministerio Público Abogada Nancy Saray Becerra; este Tribunal acordó oficiar lo conducente al Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial a los fines de que practicara el Informe de Seguimiento, se instó a la Trabajadora Social así como al Coordinador de Defensa de Derechos y Garantías, del IDENNA, a fin de que realizaran los trámites sociales en beneficios de los abuelos Chinchillas e informaran al Tribunal del seguimiento de dichos tramites, se instó a la Trabajadora Social de la Casa de Protección Villas San Carlos de Austria a los fines de que formalizará la inscripción de las niñas y los adolescente Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,en un programa de Colocación Familiar llevado por el IDENNA, así como a la Coordinadora de la Casa de Protección Fray Gabriel de San Lucar; una vez constaran los Informes de Seguimiento se fijaría audiencia a los fines de pronunciarse sobre la medida.

Mediante auto de fecha veinticinco (25) de junio del año dos mil nueve (2009), este Tribunal acordó fijar audiencia a los fines de revisar la Medida de Colocación en Entidad de Atención, para el día 29/07/2009 a las 09:00 de la mañana, se ordenó librar las boletas de notificación.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia a los fines de Revisar la Medida de Colocación en Entidad de Atención, se dejó constancia de la presencia de la Representación Fiscal, así como los ciudadanos Fermín Antonio González y Juana María Vivas; este Tribunal resolvió ratificar la Medida de Colocación en Entidad de atención, a favor de las niñas Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,en la Casa de Protección Villas San Carlos de Austria y de los adolescentes Navor Onofre y Fermín Antonio Chinchilla González, en la casa de Protección San Gabriel de San Lucar, se acordó oficiar al Coordinador de Defensa de Derechos y Garantías del IDENNA Abogado Manuel Farfán Aguirre a los fines de que informará al Tribunal sobre los tramites realizados en relación al problema habitacional que presentaban los hermanos Chinchilla, asimismo, remitieran constancia de inscripción escolar de los hermanos Chinchillas, igualmente, informaran sobre la evolución de la terapia practicada a la niña Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, se acordó un seguimiento de la medida cada seis (06) meses.

Mediante auto de fecha dieciocho (18) de febrero del año dos mil diez (2010), este Tribunal acordó fijar audiencia a los fines de revisar la Medida de Colocación en Entidad de Atención, para el día 09/04/2010 a las 09:00 de la mañana, se ordenó librar las boletas de notificación.

Mediante auto de fecha tres (03) de marzo del año dos mil diez (2010), este Tribunal acordó fijar audiencia para el día 23/04/2010, a las 09:00 de la mañana, a los fines oír a la ciudadana Flor María Chinchilla González, Bárbara de Barinas.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la presencia de la Representación Fiscal Abogado José Fuentes, así como los ciudadanos Fermín Antonio González y Juana María Vivas, este Tribunal a los fines de determinar la idoneidad de las ciudadanas Ana Julia González (Tía materna de la progenitora de los hermanos Chinchilla), Ana Yolanda González (Tía de los Hermanos Chinchilla), Flor María González (hermana mayor de los hermanos Chinchilla), consideró necesario en primer lugar oír a las referidas ciudadanas a los fines de que manifestarán la posibilidad o no de asumir la responsabilidad de Crianza de los Hermanos Chinchilla, y una vez oídas sus opiniones se ordenaría lo conducente. Así mismo serian oídos la opinión de los hermanos Chinchilla en la audiencia que se llevaría a cabo el día 09/06/2010 a las 9:00 de la mañana, a fin de garantizarles el derecho de opinar y ser oído según lo establecido en el articulo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se instó al IDENNA a darle cumplimiento a las convocatorias realizadas por este tribunal, visto que en las audiencias fijadas con anterioridad no han trasladado a los hermanos Chinchilla a la sede del Tribunal a los fines de garantizarle a los mismo el derecho de ser oídos.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la presencia de la Representación Fiscal del Ministerio Publico Abogada Nancy Becerra, asimismo compareció el Abogado del IDENNA Manuel Farfán, en compañía de los ciudadanos Juana María Vivas León, Fermín Antonio González, Ana Yolanda González Vivas, Flor María Chinchilla González, Santos Meza, y de los niños y adolescentes Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,. Este tribunal instó al IDENNA a los fines de que realizará los tramites necesarios para la adquisición de los materiales de construcción que requería la ciudadana Flor María Chinchilla González, a los fines de concluir la construcción de la casa donde posiblemente vivirían los hermanos Chinchilla, en virtud de que la ciudadana Flor María Chinchilla y su esposo Santos Meza, manifestaron en esta audiencia su disposición de coadyuvar con los cuidados y de asumir la responsabilidad de crianza de los Hermanos Chinchilla, aunado al hecho de que los adolescentes Fermín Antonio Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,y Navor Onofre Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,y las niñas Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,manifestaron su deseo de querer vivir con su hermana.

Mediante auto de fecha siete (07) de febrero del año dos mil once (2011), este Tribunal acordó fijar audiencia de Revisión de Medida para el día 31/03/2011, a las 10:00 de la mañana, a los fines de oír a la ciudadana Flor María Chinchilla.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la presencia de la Representación Fiscal del Ministerio Publico Abogada María Quintero, asimismo compareció el maestro del IDENNA Alex Santamaría, en compañía de los niños y adolescentes Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, González. Este Tribunal resolvió ratificar la Medida de Colocación en Entidad de Atención de los niños y adolescentes Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, González, se acordó fijar audiencia a los fines de oír a la hermana mayor de los hermanos Chinchilla González, ciudadana Flor María Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,y Santos Meza, la cual se llevaría a cabo el día 31/05/2011 a las 10:00 de la mañana.

Mediante auto de fecha veinticinco (25) de mayo del año dos mil once (2011), este Tribunal acordó reprogramar la audiencia para el día 29/06/2011, a las 10:30 de la mañana.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la presencia de la Representación Fiscal del Ministerio Publico Abogada María Quintero, asimismo compareció el maestro del IDENNA Alex Santamaría. Este Tribunal acordó fijar audiencia especial para el día 03/08/2011, a las 10:30 de la mañana, a los fines de oír a los ciudadanos Flor María Chinchilla y Santo Mesa Duque.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la presencia de la Representación Fiscal del Ministerio Publico Abogada María Quintero, asimismo compareció el maestro del IDENNA Alex Santamaría. Este Tribunal acordó fijar audiencia especial a los fines de oír al ciudadano Santo Mesa Duque, el día 19/10/2011, a las 10:30 de la mañana. Igualmente se ratificó oficio al IPU José Laurencio Silva.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la incomparecencia de las partes, ni la demandante ni demandados, se dejó constancia de la comparecencia de la Representación Fiscal (Encargada) del Ministerio Publico Abogada María Quintero y Abogado Héctor Sevilla, en su carácter de Fiscal (Auxiliar) del Ministerio Público. Este Tribunal acordó fijar audiencia especial para el día 18/01/2012 a las 09:30 de la mañana, a los fines de oír al ciudadano Santo Mesa Duque; en consecuencia se ordenó librar boleta de notificación a la ciudadana Flor María Chinchilla y al ciudadano Santos Duque.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la incomparecencia de las partes, ni la demandante ni demandados, se dejó constancia de la comparecencia de la Licenciada Luisa Xiomara Yendez Yendis, Trabajadora Social del IDENNA.

Mediante auto de fecha veintiuno (21) de mayo del año dos mil doce (2012), este Tribunal acordó reprogramar la audiencia del día 17/05/2012, para el día 12/06/2012, a las 10:00 de la mañana, a los fines de oír a la Coordinadora de la Unidad de Protección Integral “Las Flores de Ofelia, San Carlos Estado Cojedes, Licenciada Yessica Henríquez.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la comparecencia del ciudadano Eduwin Guedez, en condición de Educador Comunitario del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes IDENNA, se dejó constancia de la presencia de la Fiscal Auxiliar Cuarta IV del Ministerio Público, Abogada María Gracia Quintero. Este Tribunal instó al ciudadano Eduwin Guedez, a los fines de que se sirviera a consignar ante este Tribunal informes contentivos de los proyectos y gestiones realizados por la referida Institución en beneficio de los hermanos Cinchillas, igualmente remitieran informe sobre la niña Ana Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, y una vez constará en autos los referidos informes se emitirá pronunciamiento en relación a los solicitado.

Mediante auto de fecha diecinueve (19) de julio del año dos mil doce (2012), este Tribunal acordó fijar audiencia para el día 27/09/2012 a 10:00 de la mañana, a los fines oír al IDENNA, abuelos maternos ciudadanos Fermín Antonio González y Juana María Vivas y al tío Fermín Antonio González Vivas, sobre la situación actual de los Adolescentes.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la comparecencia de la Asesor Jurídico del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENNA) Abogada Argelia Rodríguez, así como la presencia de la Fiscal Auxiliar Cuarta IV del Ministerio Público, Abogada Lorenz Ceballos y de los ciudadanos: Nabor Chinchilla, Fermín Chinchilla, Adriana Chinchilla, Fermín Antonio González, Yolanda González, Fermín Antonio González y Juana Bautista Vivas. Este Tribunal acordó fijar audiencia especial para el día 06/11/2012, a las 10:30 de la mañana, a los fines de oír a la ciudadana Norma Ceballos.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la comparecencia de los ciudadanos Norma del Carmen Ceballos Blanco y Fermín Antonio González, así como también de la presencia de la Abogada del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENNA) ciudadana Argelia Rodríguez, igualmente acudió la Fiscal Auxiliar Cuarta IV del Ministerio Público Abogada Lorenz Ceballos, éste Tribunal en atención al interés superior de la niña Ana Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, acordó un Régimen de Convivencia Familiar en beneficio de la referida niña, a los fines de que comparta al igual que sus hermanas en el hogar de su tío materno, durante los fines de semana, a partir del día viernes en horas de la tarde, hasta el día domingo en horas de la tarde, reintegrándolas a la Unidad de Atención; así mismo se acordó un Régimen de Convivencia Familiar en época de vacaciones escolares, decembrina, carnaval; en consecuencia se instó al IDENNA a los fines de que suministrará los días de Régimen de Convivencia Familiar el tratamiento médico al tío materno ciudadano Fermín Antonio González Vivas y a Carmen Ceballos Blanco, a los fines de garantizarle a la niña Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, el derecho de salud los días de convivencia. Por otra parte se instó al ciudadano Fermín Antonio González Vivas, a los fines de que le suministrará al IDENNA información con relación a la familia paterna de los hermanos Chinchilla con el objeto de continuar con la búsqueda con su familia de origen, en aras de una posible reintegración de los mismos.

Mediante auto de fecha once (11) de enero del año dos mil trece (2013), este Tribunal acordó fijar oportunidad para el día 08/03/2013, a las 08:30 de la mañana, a los fines de celebrar audiencia para oír al joven adulto Navor Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, González, se ordenó notificar a los abuelos maternos del joven, ciudadanos Fermín Antonio González y Juana María Vivas León, a la Unidad de Protección Integral Las Flores de Ofelia IDENNA-Cojedes y a la Fiscal Cuarta IV del Ministerio Publico.

En fecha cuatro (04) de febrero del año dos mil trece (2013), re recibió Oficio S/N presentado por el Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENNA), mediante el cual informaron la inscripción en el Servicio Militar del adolescente Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,.

Mediante auto de fecha cinco (05) de febrero de dos mil trece (2013), este Tribunal acordó adelantar la audiencia fijada para el día 08/03/2013, para el día 18/02/2013, a las 09.00 de la mañana. Se ordenó notificar a los abuelos maternos del joven, ciudadanos Fermín Antonio González y Juana María Vivas León, a la Unidad de Protección Integral Las Flores de Ofelia IDENNA-Cojedes y a la Fiscal Cuarta IV del Ministerio Público.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la comparecencia de la Abogada Lorenz Ceballos, en su condición de Fiscal Auxiliar Cuarta IV del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial, la Abogada Argelia Rodríguez, en su carácter de Abogada de la Institución Integral de IDENNA, acompañada del joven adulto Navor Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, González, los ciudadanos Fermín Antonio González Vivas, tío materno del joven adulto; Fermín Antonio González, en su condición de abuelo materno del joven adulto; y Juana Bautista Vivas, en su condición de abuela materna del joven adulto.

Mediante auto de fecha veintiséis (26) de febrero del año dos mil trece (2013), siendo la oportunidad legal para decidir sobre el cese de la Medida de Colocación en Entidad de Atención, a favor del joven adulto Navor Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, González, y de la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman la presente causa, se constató que no constaba Acta de Nacimiento, ni copia de la Cédula de Identidad del referido joven adulto, siendo ésta una prueba fundamental para determinar su mayoría de edad. Es por lo que este Tribunal, a los fines de proveer sobre el cese de la Medida, acordó oficiar al Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENNA) San Carlos- Cojedes, con el objeto de que consignará lo antes descrito; una vez que constará lo requerido se proveería lo conducente.

En fecha cinco (05) de marzo del año dos mil trece (2013), se recibió Oficio S/N presentado por la Abogada Argelia Rodríguez, del Equipo de Atención Integral Coordinación de Programas IDENNA-Cojedes; mediante el cual consignó copia simple de la Cédula de Identidad y del Acta de Nacimiento del joven adulto Navor Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.823.353.

Mediante auto de fecha once (11) de marzo del año dos mil trece (2013), visto el oficio S/N presentado en fecha 05/03/2013, este Tribunal acordó agregarlo a las actas procesales que conforman el presente asunto; y se tuvo para decidir.

En fecha doce (12) de marzo del año dos mil trece (2013), este Tribunal publico sentencia donde se resolvió declarar el cese de la medida en cuanto al joven adulto Navor Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, González, en razón de haber alcanzado la mayoría de edad.

En fecha veintinueve (29) de abril del año dos mil trece (2013), se fijo oportunidad para el día 24/05/2013, a las 08:30 de la mañana a los fines de celebrar audiencia para oír al adolescente Fermín Chinchilla.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la comparecencia de las partes interesadas en el presente asunto este Tribunal autorizo la salida del joven Fermín Chinchilla desde los sábados hasta los domingos.

En fecha treinta y uno (31) de mayo del año dos mil trece (2013), se fijo oportunidad para el día 27/06/2013, a las 09:00 de la mañana a los fines de celebrar audiencia para oír a la progenitora y a los hermanos chinchillas.

En fecha treinta y uno (31) de mayo del año dos mil trece (2013), se reprogramo la audiencia del día 27/06/2013, para el día 22/07/2013, a las 09.00 de la mañana.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la comparecencia de las partes interesadas en el presente asunto este Tribunal fijó un régimen de convivencia familiar para ejecutarse en la entidad de atención.

En fecha cinco (05) de diciembre del año dos mil trece (2013), se fijo oportunidad para el día 09/12/2013, a las 08:30 de la mañana a los fines de celebrar audiencia para oír a los hermanos chinchillas.

El día fijado para llevarse a cabo la audiencia se dejó constancia de la comparecencia de las partes interesadas en el presente asunto este Tribunal se acoge al lapso de los 5 días para publicar el fallo extenso de la sentencia.-

III
MOTIVOS DE DERECHO

Vista la consignación de los Informes de Seguimientos, Informe Técnico Parcial Psicológico e informe evolutivos realizados por parte del Equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial y por la Unidad de Protección Integral Jose Laurencio Silva, de los cuales se evidencia de las Conclusiones y Recomendaciones por parte de la Trabajadora Social, que los hermanos se encuentran de manera favorable y la entidad de atención recomienda una posible reinserción de los hermanos Chinchillas al grupo familiar de origen; y a este respecto la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, define en su artículo 75° lo siguiente:

Artículo 75º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
“…Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir, ser criados o criadas y a desarrollarse en el seno de su familia de origen. Cuando ello sea imposible o contrario a su interés superior, tendrán derecho a una familia sustituta…”

Así las cosas, en el caso de autos ha cambiado la situación de derecho, porque los hermanos Chinchilla Gonzáles han manifestado su voluntad de vivir con su progenitora y en consecuencia lo viable a derecho es revocar la medida de Colocación en Entidad de Atención y el reintegro de los hermanos Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, en el hogar de su Progenitora y así quedará establecido en la parte dispositiva del presente fallo. Así se decide.

IV
DECISIÒN

En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:

PRIMERO: Se revoca la Medida de Colocación en Entidad de Atención dictada en fecha 30-10-2007 y en consecuencia se ordena el reintegro de la niña Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,y de los adolescentes Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, de once (11), trece (13), quince (15) y diecisiete (17) años de edad, en el hogar de su progenitora ciudadana Yadira María González Vivas, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.738.450, residenciada en Cañada Larga, La Villa del Paraíso de Perija, Casa S/N; Punto de referencia, casa pintada de blanco con portón negro. Maracaibo Estado Zulia.
SEGUNDO: Se ordena el egreso de la niña Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna, Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,y de los adolescentes Liliana Josefina, Adriana del Valle y Fermín Antonio Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,de las Unidades de Protección Integral “Las Flores de Ofelia” y “José Laurencio Silva”. Ofíciese lo conducente.-
TERCERO: Se ordena el seguimiento de la reintegración por el lapso de un (01) años con cuatro evaluaciones de forma trimestral para lo cual se le impone dicho seguimiento sea realizado por el IDENNA-Cojedes. Ofíciese. Así se decide.

Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.

La Jueza

Abg. Yolimar Márquez Avendaño
La Secretaria

Abg. Zuly Herrera



En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ0062013001017.