REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
San Carlos, diez (10) de diciembre del año dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: HP11-J-2013-001062
SOLICITANTE: Carlos Luís Díaz Ríos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.961.864.
DESCENDIENTE: Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, de dieciséis (16) años de edad.
PROCEDENCIA: Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
MOTIVO: Autorización Judicial.
SENTENCIA Interlocutoria con Fuerza Definitiva.
Siendo la oportunidad legal para decidir la presente solicitud es necesario hacer las siguientes consideraciones:
Se inicia la presente causa mediante escrito presentado en fecha veintiocho (28) de octubre del año dos mil trece (2013), por el Abogado Euclides José Herrera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.050, quien actúa con el carácter de Defensor Público Primero 1º para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, a requerimiento del ciudadano Carlos Luís Díaz Ríos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.961.864, actuando en este acto en nombre y representación de su hija Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, de dieciséis (16) años de edad, mediante el cual solicita Autorización Judicial; para que el ciudadano Carlos Luís Díaz Ríos, gestione todo lo concerniente para hacer efectivo el pago de las cantidades de dinero existentes por cobrar por concepto de Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro, Fideicomiso, Vacaciones, Utilidades, Bonos, Ley de Política Habitacional, Seguro Social HCM, Pensiones, cantidades de dinero en el Banco Bicentenario, así como cualquier otro derecho o beneficio que le corresponda a la referida adolescente, dejados por su madre la De Cujus Yelitza Beatriz Navas Serrano, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.442.164, quien trabajaba como Docente; para lo cual requirió que en la Autorización se mencione a nombre de quien debe salir el Cheque de las cantidades de dinero que le corresponden a la beneficiaria.
Corresponde por asignación a este órgano subjetivo el conocimiento de la causa, por lo que en fecha veintinueve (29) de octubre del año dos mil trece (2013), se le dio entrada, se admitió la solicitud, se aperturó Procedimiento de Jurisdicción Voluntaria y se fijó audiencia preliminar para el día 27/11/2013, a las 09:30 de la mañana, a los fines de oír al solicitante; ordenándose la notificación de la Fiscal Cuarta IV del Ministerio de esta Circunscripción Judicial.
El día fijado se llevo a cabo la audiencia, haciendo acto de presencia la parte solicitante, ciudadano Carlos Luís Díaz Ríos, asimismo compareció el Fiscal Auxiliar Cuarto IV del Ministerio Público, Abogado Argenis Álvarez; y el Defensor Público Primero Abogado Euclides José Herrera.
Vista la Declaración de Únicos Y Universales Herederos, decretada por este Tribunal, en fecha 23/05/2013, en donde se acredita la cualidad que tiene la adolescente Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, de heredera o causahabiente de la fallecida, quien en vida respondiera al nombre de Yelitza Beatriz Navas Serrano.
Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: ÚNICO: Autorizar suficientemente al ciudadano Carlos Luís Díaz Ríos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.961.864, a los fines de que gestione y tramite todo lo concerniente al cobro de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorro, Fideicomiso, Vacaciones, Utilidades, Bono, Ley de Política Habitacional, Seguro Social, H.C.M., Pensiones, cantidades de dinero en el Banco Bicentenario, que le corresponde a la adolescente Se emite Nombre de Conformidad con el Articulo 65 de la Lopnna,, de dieciséis (16) años de edad, dejados por su progenitora, ciudadana Yelitza Beatriz Navas Serrano, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.442.164, ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación del Estado Cojedes, ya que trabajaba como Docente en dicha Institución y que le pudiera corresponderles a la referida adolescente; ordenándose oficiar a la referida Institución con el objeto de que remitan el Cheque con el monto que le corresponda a la precitada adolescente, a nombre del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, siendo consignado ante la Oficina de Control de Consignaciones (O.C.C), de este Circuito Judicial de Protección. Queda obligado el solicitante de informar a este Despacho en el término de treinta (30) días los resultados de sus gestiones. Expídase por Secretaría copia certificada de la solicitud y de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Medición y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en la ciudad de San Carlos a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza
Abg. Yolimar Márquez Avendaño
La Secretaria
Abg. Zuly Josefina Herrera Montiel
En la misma fecha se publico el anterior fallo dictado por la Jueza JC0000005 quedando registrado bajo el No. PJ00620130001004.
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