REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
cuatro de diciembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-V-2013-000254
ACTA

En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles 04 de Diciembre del 2013, oportunidad fijada para llevarse a efecto con carácter privado la audiencia preliminar en su Fase de Mediación, tal como lo prevé el artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al procedimiento de contencioso de Régimen de Convivencia Familiar de conformidad con lo establecido en el articulo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; se conforma el tribunal conformado por la ciudadana Jueza Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como Secretaria, la Abg. Yadira Beatriz Ramos; se anunció el acto a las puertas del Tribunal, comparecen los ciudadanos: Beysi Mileidy Reyes Linares, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-25.299.639 y la ciudadano: Julio Alberto Rodríguez Flores, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.613.792, en su condición de demandante y demandado, respectivamente. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano: Beysi Mileidy Reyes Linares, quien manifestó: “Propongo que el Régimen de Convivencia Familiar se realice de la siguiente forma: Quiero compartir con la niña todos los fines de semanas, retirándola del hogar del ciudadano Julio Alberto Rodríguez Flores, el día viernes en horas del mediodía y retornándola el día domingo en la tarde. En el mes de diciembre los días veinticuatro (24) y veinticinco (25) y en los años siguientes de forma alterna; En Carnaval y Semana Santa que sea de manera alterna comenzando este año el Carnaval con la madre y Semana Santa con el padre, en cuanto al cumpleaños de la niña, este año lo compartirá con la madre. Es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadano: Julio Alberto Rodríguez Flores, quien manifestó: “Estoy de acuerdo con lo propuesto por la ciudadana Beysi Mileidy Reyes Linares. Es todo.”. Oída la exposición de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Resuelve. Primero: Homologar el acuerdo celebrado entre los ciudadanos Beysi Mileidy Reyes Linares y Julio Alberto Rodríguez Flores, titulares de las cédulas de identidad Nº V-25.299.639, y V-14.613.792, respectivamente; dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la niña: SE OMITE NOMBRE, de tres (03) años. En consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Régimen de Convivencia Familiar, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno

Demandante:

Beysi Mileidy Reyes Linares

Demandada:


Julio Alberto Rodríguez Flores

La Secretaria

Abg. Yadira Beatriz Ramos