REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
dos de diciembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: HP11-J-2013-001232
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentada por las Defensoras de Protección del Municipio Tinaquillo estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses de la niña SE OMITE NOMBRE, de seis (6) años de edad, a requerimiento de los ciudadanos José Enrique Armas Ruiz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.663.974 y Jessica Anyelina Matute Iglecia, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.182.357, domiciliado el primero en la ciudad de Valencia, sector La Quinzanda, calle H, casa Nro. 90-24, estado Carabobo y la segundo de los nombrados, domiciliada en el sector Pueblo Nuevo, calle Piar, casa Nro. 10-54, Tinaquillo estado Cojedes. Éste Tribunal, le da entrada, la nota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
PRIMERO: El ciudadano José Enrique Armas Ruiz, compartirá junto a su hija un (01) fin de semana cada quince (15) días, debiendo buscarla en el hogar de la ciudadana Jessica Anyelina Matute Iglesia.
SEGUNDO: En las vacaciones escolares, la niña compartirá junto a su padre, quince (15) días.
TERCERO: Los días feriados, serán compartidos y alternados de mutuo acuerdo entre los padres.
CUARTO: En el mes de Diciembre, respecto a la fecha del veinticuatro (24) la niña lo compartirá junto a su padre.
QUINTO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos José Enrique Armas Ruiz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.663.974 y Jessica Anyelina Matute Iglecia, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.182.357, en beneficio de la niña SE OMITE NOMBRE, de seis (6) años, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los 02 días del mes de Noviembre de 2013. Año 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg. Yadira Ramos
|