REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
dieciséis de diciembre de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: HP11-J-2013-001311
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentada por la profesional del María Gracia Quintero Linares, en su carácter de Fiscal Auxiliar IV del Ministerio Publico, actuando en representación de los derechos e intereses de la niña SE OMITE NOMBRE, de cuatro (4) meses de edad; a requerimiento de los ciudadanos Anais Isabel Mushart Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.515.221, domiciliada en el sector San Luis, bloque 10, piso 02, Tinaco, estado Cojedes y Willman José Gregorio Lara Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula d identidad Nro. V- 23.248.162, domiciliado en frente a la plaza miranda, casa sin número, San Carlos estado Cojedes. Éste Tribunal, le da entrada, la nota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:

 PRIMERO: El ciudadano Willman José Gregorio Lara Rodríguez, compartirá junto a su hija los fines de semanas, entendidos éstos, como el día Sábado y Domingo, comprometiéndose a retirar a su hija del hogar materno a las ocho de la mañana (8:00 a.m.) hasta las seis de la tarde (6:00 p.m.) del mismo día, hora en la que deberá retornar su domicilio habitual.
 SEGUNDO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo celebrado entre los ciudadanos Anais Isabel Mushart Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.515.221, domiciliada en el sector San Luis, bloque 10, piso 02, Tinaco, estado Cojedes y Willman José Gregorio Lara Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula d identidad Nro. V- 23.248.162, en beneficio de la niña SE OMITE NOMBRE, de cuatro (04) meses, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a 16 días del mes de Diciembre de 2013. Año 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

La Jueza

Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria

Abg. Yadira Ramos