REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS, RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO, FALCÓN, ANZOÁTEGUI, EL PAO, RICAUTER Y GIRARDOT
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Supremo de Justicia
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón,
Anzoátegui y el Pao, Ricaurte y Girardot de la Circunscripción
Judicial del Estado Cojedes.
San Carlos de Austria, 07 de Agosto de 2013.
Años 203º y 154º
Vista la diligencia presentada por la ciudadana Abogada ANNA CURMA, inscrita en el inpreabogado bajo el numero nº-180.148, procediendo en su carácter de apoderado judicial de la empresa Grivalco c.a., por la cual expone: Que desiste de evacuar las testimoniales de los ciudadanos Héctor Borjas y Orlando Guevara; y una vez evacuadas los demás testigos, sean remitidas a la brevedad posible el presente expediente al tribunal de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos. Este tribunal, por cuanto considera ajustado a derecho el desistimiento de la parte actora en lo referido a la evacuación de los testigos supra mencionados, acuerda lo solicitado y por lo peticionado a remitir las presentes actuaciones al tribunal comitente, se acuerda en conformidad, en consecuencia, cumplida como fue la presente comisión, y no habiendo más diligencias que practicar, se devuelve la misma al comitente. Así mismo se ordena dejar constancia de su salida y de sus folios en los libros respectivos; asimismo se ordena dejar por secretaria, copia certificada de cada una de las actuaciones, a los fines de su archivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil vigente. Líbrese oficio y cúmplase.
El Juez Provisorio,
Abg. Leonardo Rafael Arcaya Rodríguez.
El Secretario Acc.,
Abg. Yimis Enrique Carrizo Rojas.
Conforme fue acordado, se devuelve la comisión Nº 572/503 constante de , folios útiles, junto con oficio Nº JPEM-2013-0807-079, se dejó constancia de su salida en el Libro Diario y en el Libro de Comisiones Remitidas o Despachadas. Se dejó copia certificada la cual fue archivada.
El Secretario Acc.,
Abg. Yimis Enrique Carrizo Rojas
Comisión Nº 572/503.
LRAR/yecr.-