REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 17 de Abril de 2013
202° y 154°

En el día de hoy, miércoles, diecisiete (17) de Abril de 2013, en la ciudad de San Carlos, luego de un lapso de espera por el acusado de autos, siendo las 09:30 horas de la mañana, se constituyó en SESION PRIVADA el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes, con la presencia de la Jueza de Juicio, ABG. ADELA CARRASCO BARRETO, el Secretario de Sala ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ, el Alguacil ARQUIMEDES VARGAS, siendo el día y la hora fijada para llevarse a cabo la celebración del JUICIO ORAL Y PRIVADO, en la presente Causa signada con el Nº 1J-291-13, incoada por el Ministerio Público del Estado Cojedes, contra del adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA); por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de El Estado Venezolano. Seguidamente el alguacil de sala indica que se encuentran presentes el Fiscal del Ministerio Publico ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ, y de la defensora pública ABG. MARIA ELADIA OJEDA PEREZ. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia del acusado (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA); de igual manera informa que se no encuentran presentes órganos de pruebas. Seguidamente la defensora pública solicita el derecho de palabra se le concede y expone: que por información que sostuvo con la mamá del acusado de auto, los mismos se encuentran en el CICPC de Carora en el Estado Lara, para la práctica de la evaluación psiquiatrita forense, la cual será consignada en su oportunidad. El Tribunal oída la información suministrada por el alguacil, en cuanto a la incomparecencia del acusado y por cuanto nos encontramos dentro del lapso legal establecido, en el artículo 585 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es por lo que se acuerda diferir el presente juicio oral y privado y fijarlo nuevamente para el día lunes, veintidós (22) de Abril de 2013 a las 10:00 horas de la mañana. Por los antes expuesto es por lo que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: Primero: Diferir el presente juicio para el día LUNES, VEINTIDÓS (22) DE ABRIL DE 2013 A LAS 10:00 HORAS DE LA MAÑANA. Así se decide. Quedando así notificadas las partes presentes de la decisión. Cítese a los órganos de pruebas intervinientes en el presente caso. Terminó siendo las 09:40 horas de la mañana y conformes firman.

LA JUEZA
ABG. ADELA CARRASCO BARRETO





FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO
ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ




DEFENSORA PUBLICA
ABG. MARIA ELADIA OJEDA PEREZ



ALGUACIL
ARQUIMEDES VARGAS



SECRETARIO
ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ


CAUSA Nº 1J-291-13
EXPEDIENTE FISCAL Nº 09-DPIF-F05-00267-12-.