REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 01 de Abril de 2013
202° y 154°

En el día de hoy, lunes, primero (01) de Abril de 2013, en la ciudad de San Carlos, luego de un lapso de espera por la defensora pública y por el traslado del acusado de autos, siendo las 09:30 horas de la mañana, se constituyó en SESION PRIVADA el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes, con la presencia de la Jueza de Juicio, ABG. ADELA CARRASCO BARRETO, el Secretario de Sala ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ, el Alguacil ARQUIMEDES VARGAS, siendo el día y la hora fijada para llevarse a cabo la celebración del JUICIO ORAL Y PRIVADO, en la presente Causa signada con el Nº 1J-293-13, incoada por el Ministerio Público del Estado Cojedes, contra del adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), como coautor en la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 05 y las agravantes previstas en el artículo 1, 2, 3, y 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de FRANCISCO JOSE AVIE VASQUEZ, así como del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el ordinal 3º del artículo 218 del Código Penal, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 272 y 277, ambos del Código Penal en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Seguidamente el alguacil de sala indica que se encuentran presentes el Fiscal del Ministerio Publico ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ, asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la defensora pública ABG. MARIA ELADIA OJEDA PEREZ y del acusado de autos (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), en virtud de que el traslado no se hizo efectivo. El Tribunal oída la información suministrada por el alguacil, en cuanto a la incomparecencia de la defensora pública ABG. MARIA ELADIA OJEDA PEREZ y del acusado de autos (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA) y por cuanto nos encontramos dentro del lapso legal establecido, en el artículo 585 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es por lo que se acuerda diferir el presente juicio oral y privado y fijarlo nuevamente para el día lunes, ocho (08) de Abril de 2013 a las 11:00 horas de la mañana. Por los antes expuesto es por lo que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: Primero: Diferir el presente acto y fijarlo para el día LUNES, OCHO (08) DE ABRIL DE 2013 A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA. Así se decide. Quedando así notificadas las partes presentes de la decisión. Cítese a la defensora pública y a los órganos de pruebas intervinientes en el presente caso. Líbrese boleta de traslado para la fecha indiciada. Terminó siendo las 09:40 horas de la mañana y conformes firman.

LA JUEZA
ADELA CARRASCO BARRETO


FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ



ALGUACIL
ARQUIMEDES VARGAS



SECRETARIO
ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ

CAUSA Nº 1J-293-13
EXPEDIENTE FISCAL V Nº MP-28564-2013