REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
SAN CARLOS, 03 DE ABRIL DE 2013
202º Y 154º


ASUNTO PRINCIPAL: HJ21-P-2011-000050
ASUNTO: HJ21-P-2011-000050
RESOLUCIÓN PJ0072013000093

Cúmplase la Sentencia Definitivamente Firme, proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, de 04 de Diciembre de 2012, en el asunto penal alfanumérico HJ21-P-2011-000050, mediante la cual CONDENÓ a cumplir la pena de SIETE (07) MESES DE PRISION al penado ciudadano JULIO RAFAEL ESCOBAR, titular de la cedula de identidad numero 18.667.192, de 50 años de edad, residenciado en Guarataro 2, calle libertad, casa sin numero, Tinaquillo Estado Cojedes, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de la ciudadana KILMA RENE MORALES GONZALEZ
Este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a realizar el Cómputo de la Pena impuesta a el ciudadano JULIO RAFAEL ESCOBAR, titular de la cedula de identidad numero 18.667.192, fue privado de libertad en fecha 07 de noviembre 2011, manteniéndose en esa condición hasta el 08 de noviembre 2011, por cuanto se acordó sustituir la medida judicial privativa de libertad acordando detención domiciliaria, por lo que ha estado privado de su libertad por un lapso de 1 DIA faltándole por cumplir la pena de SEIS (06) MESES Y TREINTA (30) DIAS, la cual culminaría el 7/6/2012, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley.
Ahora bien, el ciudadano penado JULIO RAFAEL ESCOBAR, titular de la cedula de identidad numero 18.667.192, opta, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA PRIMERO: Ejecutada la Sentencia Definitivamente Firme, proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, de 04 de Diciembre de 2012, en el asunto penal alfanumérico HJ21-P-2011-000050, mediante la cual CONDENÓ a cumplir la pena de SIETE (07) MESES DE PRISION al penado ciudadano JULIO RAFAEL ESCOBAR, titular de la cedula de identidad numero 18.667.192, de 50 años de edad, residenciado en Guarataro 2, calle libertad, casa sin numero, Tinaquillo Estado Cojedes, por la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de la ciudadana KILMA RENE MORALES GONZALEZ ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Pena cumplida UN (01) DIA faltándole por cumplir la pena de SEIS (06) MESES Y TREINTA (30) DIAS, la cual culminaría el 7/6/2012, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley.. ASI SE DECIDE. TERCERO: Fijar para el día JUEVES VEINTICINCO (25) DE ABRIL DE 2013 A LAS 10:10 HORAS DE LA MAÑANA, para la celebración de la audiencia especial de imposición de cómputo de pena en la presente decisión. ASI SE DECIDE. CUARTO: Copia certificada de la Sentencia Definitivamente Firme, proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes y Copia certificada de la presente decisión al penado de autos, una vez conste la imposición del presente cómputo. ASI SE DECIDE. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada, en la sede del Tribunal de primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes. En SAN CARLOS, a los tres (03) días del mes de abril de 2013; años Doscientos DOS de la Independencia y Ciento Cincuenta y Cuatro de la Federación.-



OMAIRA MARGARITA HENRIQUEZ AGUIAR
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION



MAIRETH MARTINEZ
LA SECRETARIA DE EJECUCIÓN

En esta misma fecha se cumplió lo ordenado