REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 27 de Septiembre de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por los ciudadanos GRACIANO RAMÓN PÉREZ SANCHEZ, CARMEN AURELIA PÉREZ DE CASTELLANO, ELSA MARIA PÉREZ y ALECIA MARIA PÉREZ SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.042.702, V-3.041.412, V-4.096.329 y V-5.746.356, respectivamente todos de este domicilio; debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio; JESÚS MANUEL LÓPEZ BRIZUELA, titular de la cédula de identidad N° V-16.994.770, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.717 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (9:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. VICENTE A. APONTE M.



LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 3972-12
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO.


VAAM/JC/zh.-