REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 18 de Septiembre de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos; FRANCISCO ALAGIO URBANO y YELISBETH COROMOTO GARCES GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, casados, hábiles en derecho, titulares de las cedulas de identidad N° V-5.388.101 y V-9.446.806, respectivamente, domiciliados el primero en la Urbanización Las Tejitas, transversal 01, casa N° 33, San Carlos, estado Cojedes, y la segunda en la urbanización Manuel Manrique, calle “B”, casa N° 43, San Carlos Municipio Autónomo San Carlos del estado Cojedes; debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JOSÉ MANUEL ARTEAGA STELLING, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.563.322, domiciliado en la Urbanización Banco Obrero, calle Carabobo c/c, Boyacá, casa N° 3-6, San Carlos, estado Cojedes, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 43.407; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
El Juez Temporal,

Abg. VICENTE A. APONTE M.
La Secretaria,

Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el N° 2059/12.-
La Secretaria,

Abg. JESSENIA CAMACHO

VAAM/JC/hz.-