REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 03 de Octubre de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por los ciudadanos JOSÉ ENCARNACION DA SILVA NUÑEZ, YALIS COROMOTO NERVO MATUTE, RAFAEL JOSÉ DA SILVA NERVO y JOSSALIS ELISE DA SILVA NERVO, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las cédulas de identidad N° 7.045.505, V-9.536.001, V-18.503.339 y V-20.953.105, con domicilio en la carretera principal, vía lagunitas, casa N° 13-30, sector el Laurel, Las Vegas, Municipio Rómulo Gallegos, estado Cojedes; debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio; JUAN FELIX GALLARDO TOVAR, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.970.684, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 172.904 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. VICENTE A. APONTE M.


LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 3993-12
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO.

VAAM/JC/zh.-