REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 29 de Octubre de 2012.
Años: 202° y 153°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por la ciudadana MIGDALIA CAROLINA MORENO DE LEGGIO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de Identidad N° V-9.532.301 por aquí de transito, actuando en este acto en su propio nombre y representación de mis coherederos los ciudadanos; CARMEN LEONOR MORENO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula N° V-5.209.026, CESAR TIOVALDO MORENO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-8.674.086, MIGUEL ANGEL MORENO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula N° V-5.746.884, GLORIA EMPERATRIZ MORENO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula N° V-7.538.306, JORGE DANIEL MORENO venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula N° V-8.674.087 y JOSEFA YSABEL MORENO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-12.769.742, debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio, PAOLA GIOVANNA FIGUEREDO LEMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.323; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
El Juez Provisorio,

Abg. VICENTE A. APONTE M.

LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 4031/12.-
LA SECRETARIA,
Abg. JESSENIA CAMACHO.


Solicitud Nº. 4031/12.-
VAAM/JM/zh.-