REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 26 de Noviembre de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por los ciudadanos ALEXANDER ANTONIO QUINTERO y HERLINDA DEL CARMEN MOLINA MORA, venezolanos, mayores de edad, soltero el primero, y divorciada la segunda, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.334.220, V-9.988.560, domiciliados en el sector la catalda, autopista José Antonio Páez, de esta ciudad de San Carlos, del estado Cojedes; debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio OSWALDO ANTONIO RIOS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.245.943, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.470 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. VICENTE A. APONTE M.

LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 4083-12
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ



VAAM/FM/zh.-