REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 21 de Noviembre de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por el ciudadano CARLOS ALBERTO DANIEL, venezolano, soltero, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-10.991.423, domiciliado en la calle Juan Ángel Bravo, casa s/n, Sector San José, Las Vegas, Municipio Romulo Gallegos; debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio ZAIMA ERNESTINA TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.644.188, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 62.126 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. VICENTE A. APONTE M.




LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 4073-12
LA SECRETARIA ACC,

Abg. FELIXANA MÁRQUEZ

VAAM/FM/zh.-