REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES
San Carlos, 05 de Noviembre de 2012
202° y 153°

En el día de hoy, lunes, cinco (05) de noviembre de 2012, en la ciudad de San Carlos, luego de un lapso de espera por el defensor privado, siendo las 09:30 horas de la mañana, se constituyó en SESION PRIVADA el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema de Responsabilidad del Adolescentes, con la presencia de la Jueza de Juicio, ABG. ADELA MARGARITA CARRASCO BARRETO, el Secretario de Sala ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ, el Alguacil ALEXIS VARGAS, siendo el día y la hora fijada para llevar a cabo el JUICIO ORAL Y PRIVADO, en la presente causa signada con el N° 1J-273-12, seguida en contra del adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), por la presunta comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en el artículo 149, en su segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, y del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218, ordinal 3º del Código Penal, en perjuicio EL ESTADO VENEZOLANO. Acto seguido el alguacil de sala informa que se encuentran presentes el Fiscal del Ministerio Publico ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ, y el adolescente acusado (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), acompañado de su representante legal Julio César Espinoza Pulgar; asimismo se deja constancia de la incomparecencia del defensor privado ABG. MARCOS MARTIN CAMPOS SEGOVIA. Seguidamente el ciudadano JULIO CÉSAR ESPINOZA PULGAR solicita el derecho de palabra, se le concede y expone: Me trasladé Barquisimeto, no teniendo los recursos económicos, solicité un dinero prestado para hacer esta gestión y ese día en mi lugar de trabajo fui victima de un robo por lo que pedí dinero prestado nuevamente y con eso me traslade a Barquisimeto a la medicatura forense del CICPC, fui atendido por la secretaria quien me dijo que le iban a realizar el examen a mi hijo, esperamos hasta la tarde y la psiquiatra después dijo que no porque venia del estado Cojedes y eso le correspondida hacerlo en el CICPOC del estado Barinas (Se deja constancia de que consigna oficio suscrito por la secretaria del CICPC), de inmediato llamé a mi abogado y le dije lo sucedido. Vista la incomparecencia del defensor privado ABG. MARCOS MARTIN CAMPOS SEGOVIA, por lo que se acuerda diferir el presente juicio oral y privado para el día lunes (12) de Noviembre a las 02:00 horas de la tarde. Asimismo, oído lo manifestado por el padre del acusado, entendiendo el tribunal la inquietud expuesta por él como una solicitud para que se le realicé la evaluación psiquiátrica al adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), se acuerda pedir la colaboración al psiquiatra adscrito al IPASME del Estado Cojedes, ubicado en San Carlos Dr. Roseliano Vidal para que le realice al acusado de autos. Se designa como correo especial al defensor privado a los fines de que haga efectiva la entrega y del oficio respectivo así como de sus resultas. Por los antes expuesto es por lo que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: Primero: diferir el presente juicio para el día lunes, doce (12) de Noviembre de 2012 a las 02:00 horas de la tarde. Segundo: ordenar la practica del examen psiquiátrico, se pide la colaboración del Dr. Roseliano Vidal para que le realice al acusado de autos, adscrito al IPASME del Estado Cojedes, ubicado en San Carlos. Así se decide. Quedando así notificadas las partes presentes de la decisión. Cítese al defensor privado y a los órganos de pruebas intervinientes en el presente caso. Terminó siendo las 09:50 horas de la mañana y conformes firman.


LA JUEZA
ABG. ADELA MARGARITA CARRASCO BARRETO



FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO
ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ





ACUSADO
(NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA)



REPRESENTANTES DEL ACUSADO
JULIO CÉSAR ESPINOZA PULGAR




ALGUACIL
ALEXIS VARGAS





SECRETARIO
ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ




CAUSA Nº 1J-273-12
EXPEDIENTE FISCAL V Nº F05-00164-12