REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 15/05/2012, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: Calle 23 entre Carreras 21 y 22 N° 21-51 código catastral 01112-2222-013-000, Barquisimeto. El Tribunal notificó al demandado Enrique José Pineda Castellano. El Tribunal deja constancia que en la entrada al local hay un letrero que dice: "Estacionamiento de 7 a 10 y de 5 a 8. Taller de 7 a 12 y de 2 a 5, otro aviso dice: Electro Auto, Servicio Automotriz y Cajas Automáticas" y otro referente a trabajadores informales que dice: "No nos hacemos responsables por mercancías sillas, rejas que no estén amarradas a la carretilla se les recuerda que el pago es semanal y puntual si no le gustó y no le conviene no guarde más aquí, gracias" Se observa en el taller además, 11 vehículos en distintos colores y placas, un lote de puestas de vehículos,diversos carros de comida rápida, en el local se observan 2 pequeños galpones techados de sing, vigas, puertas de hierro, 3 baños, se observan una cocina, una nevera, 2 camas literas y vive la señora Deyanira Rivero, C.I., N° 1.417.547. El Tribunal se ve obligado a suspender la practica de la medida motivado a que gran cantidad de personas irrumpieron con las mismas consignas del Grupo FRIO vociferando en muy alta voz proclamas de ese genero, aún cuando el Tribunal manifestó que no iba a desalojar a nadie que solo deja constancia de la familia que vive en ese local comercial (Taller y Estacionamiento), lo que impidió la culminación de la medida y siendo las 10:28 a.m., el Tribunal regresó a su sede para poder terminar el acta y no firman la misma el resto de la comisión por quedar dispersos al llegar ese grupo, solo el Juez, Secretario y el Abog. Daniel Méndez lo hacen.