REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Treinta de mayo de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: HP11-V-2012-000134
ACTA
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles treinta (30) de Mayo del dos mil doce (2012), oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en Fase de Mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento de Custodia; se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la parte demandante, ciudadana Rosana Leonor Alfaro Florez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.527.240. Así como la parte demandada, ciudadano Humberto Javier Polo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.019.115. Igualmente comparece el ciudadano Ricardo Ortiz Florez, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-84.422.238. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno, como secretaria la Abg. Gloria Linarez. Se declara abierta la audiencia. Seguidamente se les concede el derecho de palabra a los ciudadanos Rosana Leonor Alfaro Florez y Humberto Javier Polo, quienes acordaron: “la Custodia de las adolescentes SE OMITEN NOMBRES, será ejercida por la ciudadana Rosana Leonor Alfaro Florez. En relación al Régimen de Convivencia Familiar será de forma abierta, el progenitor compartirá con las adolescentes Rosana Leonor Alfaro Florez, cada vez que pueda respetando las horas de estudio y descanso. Se le impuso al ciudadano Ricardo Ortiz Florez, sobre el derecho que tiene las adolescentes SE OMITEN NOMBRES, a recibir un buen trato, resguardo su integridad personal, física, síquica y moral, es por lo que se le prohíbe cualquier tipo de castigo físico y humillante, debiendo emplear métodos no violentos en la crianza, formación, educación y corrección de las adolescentes. Dicho acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos Rosana Leonor Alfaro Florez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.527.240 y Humberto Javier Polo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.019.115, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a las adolescentes SE OMITEN NOMBRES, en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento por Custodia, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno


Demandante:
Rosana Leonor Alfaro Florez

Demandado:
Humberto Javier Polo

Compareciente:
Ricardo Ortiz Florez


La Secretaria
Abg. Gloria Linarez