REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
dos de mayo de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: HP11-V-2011-000351
ACTA
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, miércoles (02) de mayo de dos mil doce (2012), siendo las diez y media de la mañana (10:30 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para llevarse a efecto con carácter privado la audiencia preliminar en su fase de sustanciación, tal como lo prevé el artículo 475 en concordancia con el articulo 520 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto contentivo de Divorcio Contencioso, se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la ciudadana Mariangel Margarita Mosqueda de Vargas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.425.464, en su condición de demandante y el ciudadano Martín Enrique Vargas Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.889.524, en su condición de demandada. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria la Abg. Gloria Linarez. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Mariangel Margarita Mosqueda de Vargas, quien expone: “desisto del presente procedimiento y solicito la devolución de los documentos originales y copia certificada de la sentencia contenida en el asunto. Es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano Martín Enrique Vargas Pérez, quien expone: “Acepto el desistimiento planteado por la parte demandante. Es todo, oídas la solicitud de las partes presente en este acto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el desistimiento planteado por los ciudadanos Mariangel Margarita Mosqueda de Vargas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.425.464 y Martín Enrique Vargas Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.889.524, por lo que, se da por consumado el acto procediéndose al respecto como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, se ordena la remisión del presente asunto al archivo judicial. Líbrese el oficio respectivo. Se acuerda copia certificada de la sentencia proferida en fecha 13 de Enero de 2012 y la devolución de los documentos originales, en su lugar déjense copia debidamente certificada de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Demandante
Mariangel Margarita Mosqueda de Vargas
Demandada
Martín Enrique Vargas Pérez
La Secretaria
Abg. Gloria Linarez
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