REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 31 de Mayo de 2012.
Años: 202° y 153°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por la ciudadana ANA CRISTINA NAREA, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de oficio del hogar, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-3.692.871, y de este domicilio; debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio, JOSÉ LA CRUZ BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-8.067.772, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 136.444; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve y Treinta de la mañana (09:30 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. VICENTE A. APONTE M.


LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3858/12.-
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO.



Solicitud Nº. 3858/12.-
VAAM/JMCA/zh.-