REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 22 de Mayo de 2012
202° y 153°


En el día de hoy martes, 22 de Mayo de 2012, siendo las 09:30 horas de la mañana, luego de un lapso de espera por la defensora privada Abg. Karen Fernández, se constituyó este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, conformado por el ciudadano Juez ABG. JUAN GOMEZ, el ciudadano Secretario de Juicio ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ, y el alguacil CARLOS JARA, siendo el día y la hora fijados para la celebración del JUICIO ORAL Y PRIVADO en la N° 1M-247-12, incoado por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en contra del ciudadano, adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA) por la presunta comisión del delito de: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149, segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas; y del delito AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Acto Seguido el alguacil de sala informa al tribunal que se encuentran presentes, el Fiscal del Ministerio Público ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ, el acusado (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA) y los ciudadanos escabinos que conformaran el Tribunal Mixto, Oscar González (T1) y Danis Estrada (T2). Asimismo informa que se encuentra incompareciente la defensora privada Abg. Karen Fernández. El Tribunal, oída la información suministrada por el ciudadano alguacil, en cuanto a que no se encuentra presente la defensora privada Abg. Karen Fernández, pregunta al acusado si tiene conocimiento de por qué su defensora, Abg. Karen Fernández no se encuentra presente en la sala, y le concede el derecho de palabra, manifestando lo siguiente: Esta hospitalizada por un problema de salud, tuvo un alza de azúcar. Es todo. El Tribunal, una vez verificada la no presencia de la defensora privada del acusado de autos y constatando que no se encuentra presente, con fundamento en los artículos 541, 542 y 654 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, y con fundamento también en el artículo 49, numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, según el cual el derecho a la defensa es un derecho inviolable en cualquier estado del proceso, pregunta al acusado (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), lo siguiente: ¿Desea continuar con su defensora privada Abg. Karen Fernández, desea revocarla y designar un nuevo defensor o desea que el tribunal le designe un defensor público?. A lo que respondió: yo sigo con mi abogada. Oído lo manifestado por el acusado de autos, donde expresa que desea continuar con su defensora de confianza, y con base al artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal acuerda no aperturar el presente acto y diferirlo para el día jueves, catorce (14) de Junio de 2012 a las 09:00 horas de la mañana. En consecuencia de todo lo anterior, es por lo que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Diferir la celebración del presente Juicio Oral y Privado. SEGUNDO: Fijar la celebración del Juicio Oral y Privado para el día JUEVES, CATORCE (14) DE JUNIO DE 2012 A LAS 09:00 HORAS DE LA MAÑANA. Quedan las partes presentes notificadas. Líbrese boleta de citación para el juicio oral y privado a la defensora privada Abg. Karen Fernández para la fecha y hora supra indicada. Cítese a los órganos de pruebas intervinientes en el presente juicio. Ofíciese lo conducente y líbrense las boletas correspondientes. Terminó siendo las 09:20 horas de la mañana. Se leyó y conformes las partes presentes firman.

EL JUEZ
JUAN GOMEZ