REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 22/03/2012, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: C.C VENROL local A-10, Avda. Pedro L. Torres entre Calles 49 y 50 Barquisimeto. El Tribunal notificó a la demandada María C. Colmenárez F., le indica que debe estar asistida de Abogado para garantizar el derecho a la defensa, concede lapso de 30 minutos. Vecido el lapso, se juramenta a Perito y Depositario. Siendo las 11:40 a.m., comparece el Abogado Luís M. Pineda P., I.P.S.A., N° 131.339 asiste a la Notificada, propone convenio de pago en los términos descritos en el acta. La Parte Actora acepta el convenio planteado, condiciona que el incumplimiento de alguna de las cuotas, solicitará la ejecución forzosa, los pagos se harán en la cuenta corriente N° 01340220-52-2201007936 de la Demandante del Banco Banesco. La Notificada con asistencia ya dicha, dice aceptar las condiciones de la Parte Actora. El Tribunal da por concluida su misión y regresa a su sede siendo las 12:10 p.m.