REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 28 de Marzo de 2012.
Años: 201° y 152°.
Vista la anterior solicitud de Título Supletorio, presentada por el ciudadano RAMÓN YLDEMAR GUERRA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad N° V-9.531.144, domiciliado en el Barrio Los Pocitos, calle El Liceo casa N° 12-114, de la ciudad de San Carlos estado Cojedes; debidamente asistido en este acto por el abogado en ejercicio HECTOR ENEVE MATUTE CASTRO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.538.715, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.380 y de este domicilio; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er.) día de despacho siguiente, a las Nueve y Treinta de la mañana (09:30 a.m.,) a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. VICENTE A. APONTE M.




LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO
En la misma fecha, se le dio entrada y quedó anotada bajo el N° 3780-12
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO

VAAM/JC/zh.-