REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO L.O.P.N.A

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO
DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 19 de Marzo de 2012
201° y 153º


En el día de hoy, lunes, diecinueve (19) de Marzo de Dos Mil Doce (2012), siendo las 10:15 horas de la mañana, se constituye en sesión privada este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, conformado por la ciudadana Jueza de Juicio ABG. MARIA NETTY ACOSTA VALDERRAMA, quien lo Presidirá, el ciudadano Secretario de Juicio ABG. VICTOR DARIO DAYAR NARVAEZ, el Alguacil de Sala MIGUEL JIMENEZ y por la Oficina de Participación Ciudadana Lic. Ruth Delfín, siendo el día y la hora fijados para el SORTEO EXTRAORDINARIO DE ESCABINOS en la Causa Nº 1M-246-11, seguida contra el adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA), por la presunta comisión del delito de: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149, segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Se anunció el acto. Seguidamente el Alguacil MIGUEL JIMENEZ, informa al Tribunal que se encuentran presentes, la Fiscalía V del Ministerio Público, representada por el ABG. LUIS ALBERTO NUCETE PEREZ, la defensora pública especializada ABG. ANAVITH GISELA MORENO GIMENEZ. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia del adolescente acusado (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA). Se deja igualmente constancia de la presencia del ciudadano Freddy Antonio Rojas Velásquez, quien manifestó ser tío del acusado. En este estado la ciudadana Jueza le concede el derecho de palabra al ciudadano Freddy Antonio Rojas Velásquez y el mismo manifestó que vino a justificar la razón de la incomparecencia de su sobrino, manifestando que el mismo está en el pao y que la notificación llegó después, de que el se fue y no pudo avisarle a tiempo. Seguidamente la ciudadana jueza indica que se va a iniciar el acto pero antes realiza varias acotaciones con relación al proceso y sobre el contenido de los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, vista la incomparecencia del acusado se autos y a tenor de lo establecido en la parte in fine del artículo 163 del Código Orgánico Procesal Penal, según el cual, “El sorteo no se suspenderá por inasistencia de alguna de las partes”; se procede a dar inicio a la realización del sorteo extraordinario de escabinos convocado para el día de hoy, de conformidad con el artículo 158 del Código Orgánico Procesal Penal, la ciudadana jueza de juicio presenció la elección del sorteo en sesión privada realizado por la oficina de participación ciudadana resultando electos 16 ciudadanos, cuyos nombres constan en el listado de ciudadanos sorteados de esta misma fecha, la cual se anexa a la causa siendo los siguientes: 1.- Benny José Tovar Herrera; 2.- Ismael Eduardo Lutzardo De Abreu; 3.- Rosa Margarita Ramírez Silva; 4.- María Isabel Barrios Ortega; 5.- Rosa Yudith Medina García; 6.- Argenis José Rodríguez Gil; 7.- Blanca Ramona Pérez de Vegas; 8.- Maribel del Carmen Fernández; 9.- Dilia Mercedes Mosqueda Galeno; 10.- Santos Mieres Guzmán; 11.- Jean Carlos José González Cabrera; 12.- María Teresa León Machado; 13.- Ferrer Antonio Aguilar; 14.- Aldo Rutilo Díaz Rivero; 15.- Jesús Manuel Urdaneta; 16.- Evelyn Coromoto Velásquez Quintero, cuyas identificaciones respectivas se mantiene reservadas para proteger la transparecencia del proceso, fijando para el día lunes 26-03-2012 a las 10:00 horas de la mañana, la entrevista de los ciudadanos escabinos por ante la Oficina de Participación Ciudadana. Así se decide. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y se deja constancia el cumplimiento de las formalidades esenciales a la celebración del acto, el cual concluyo siendo las 10:25 horas de la mañana. Cítese a los ciudadanos seleccionados. Se leyó y conforme firman. ES TODO. CUMPLASE LO ORDENADO.


LA JUEZA
ABG. MARIA NETTY ACOSTA VALDERRAMA