REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veinticinco de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: HP11-V-2012-000146
ACTA
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, Lunes veinticinco (25) de junio de dos mil doce (2012), siendo las nueve (09:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para llevarse a efecto con carácter privado la audiencia preliminar en su fase de mediación, tal como lo prevé el artículo 469 en concordancia con el articulo 520 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto contentivo de Divorcio Contencioso, se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia los ciudadanos Edgar Enrique González Camacho, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.328.969, en su condición de demandante y la ciudadana Yamile Maria Martínez Palacios, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.268.358, en su condición de demandada. Dirige y preside el acto la Jueza de Mediación y Sustanciación Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno y como secretaria la Abg. Gloria Linarez. Se declara abierta la audiencia. En este estado se le concede el derecho de palabra al ciudadano Edgar Enrique González Camacho, quien manifestó: “Desisto del presente procedimiento y solicito la devolución de los originales de los documentos contenidos en el asunto. Es todo.” Seguidamente se procede a oír a la ciudadana Yamile Maria Martínez Palacios, quien expone: “Estoy de acuerdo con el desistimiento propuesto por el ciudadano Edgar Enrique González Camacho”. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el desistimiento planteado por los ciudadanos: Edgar Enrique González Camacho, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.328.969, en su condición de demandante y la ciudadana Yamile Maria Martinez Palacios, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.268.358, por lo que, se da por consumado el acto procediéndose al respecto como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, se ordena la remisión del presente asunto al archivo judicial. Líbrese el oficio respectivo. Se acuerda la devolución de los documentos originales, en su lugar déjense copia debidamente certificada de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
Demandante
Edgar Enrique González Camacho
Demandada
Yamile Maria Martinez Palacios
La Secretaria
Abg. Gloria Linarez
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