REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz

PUERTO ORDAZ ONCE (11) DE JUNIO DE 2012
Años: 202º y 153º

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2011-001075

PARTE ACTORA: CESAR AUGUSTO VILLARROEL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.679.195.

REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JHONNY PRADO RODRIGUEZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 99.173.

PARTE DEMANDADA: SESVE M.L., C.A. Y SERENOS PASTORA, C.A.

REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA DEMANDADA: POR EMPRESA SESVE M.L., CA., LILIANA CALLIGARO, Abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 125.892. Por SERENOS PASTORA, C.A., FRANCISCO GONZALEZ Y LOANGGI RODRIGUEZ, Abogados en ejercicio inscritos en el IPSA bajo los Nros. 154.182 y 125.622.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día de hoy, lunes once (11) de junio 2012, oportunidad prevista para la Prolongación de la Audiencia Preliminar en la causa signada con el Nº FP11-L-2011-001075, a la misma comparecen: por la demandada SESVE M.L., C.A. Comparece LILIANA CALLIGARO, Abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 125.892 tal como se evidencia de instrumento poder que riela a las actas del expediente, por la demandada SERENOS PASTORA, C.A., comparece LOANGGI RODRIGUEZ, abogada en ejercicio inscrita en el IPSA bajo el Nro. 125.622, tal como se evidencia de instrumento poder que riela a las actas del expediente. Este Tribunal deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano CESAR AUGUSTO VILLARROEL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.679.195, quien no compareció ni por si ni por medio de representación judicial alguna, información esta suministrada por el ciudadano DIXÓN GARCÍA, funcionario anunciante del acto. En tal sentido, vista la incomparecencia de la parte actora a la Instalación de la Audiencia Preliminar, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA, DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR, SEDE PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y conforme firma.-
LA JUEZ,

ABOG. DAISY LUNAR CARRIÓN

LA PARTE COMPARECIENTE

EL SECRETARIO