REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 14 de Junio de 2012.
Años: 202° y 153°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por las ciudadanas SAULISMAR TORRES MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.970.523, Actuando en su propio nombre y en representación de su coheredera BARBARÁ MARI MONTILLA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.330.319, respectivamente; debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio, WILLME APARICIO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 136.211; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. VICENTE A. APONTE M.


LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3888/12.-

LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO.







Solicitud Nº. 3888/12.-
VAAM/JMCA/zh.-