REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 11 de Junio de 2012.
Años: 202° y 153°

Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por la ciudadana GRACIELA ELVA MORENO SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad V-4.096.393, domiciliada en el Municipio San Carlos, estado Cojedes, abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 20.352, actuado en su propio nombre y en representación de los coherederos; CARMEN TERESA SANDOVAL DE MORENO, BLANCA DELIA MORENO DE BALOA, MARIA ELENA MORENO DE URBINA, LIGIA TERESA MORENO SANDOVAL y MERY COROMOTO MORENO SANDOVAL, venezolanas, mayores de edad, viuda la primera, casadas las dos siguientes y divorciadas las dos últimas de las nombradas, titulares de las cédula de identidad Nros. V-1.033.989, V-3.041.521, V-5.208.049, V-3.040.559 y V-3.690.933, respectivamente; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,

Abg. VICENTE A. APONTE M.
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3882/12.-
LA SECRETARIA,

Abg. JESSENIA CAMACHO.







Solicitud Nº. 3882/12.-
VAAM/JMCA/zh.-