REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
veintisiete de julio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: HP11-J-2012-000757
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar, presentada por ciudadanas Neliser Herrera, y Carmen Infante, venezolanas Mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 9.532.113 y V- 13.593.916, Consejeras de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Tinaco Estado Cojedes, a requerimiento de los ciudadanos Bader Yuraici Alvarez Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.775.858, domiciliada en callejón Aparicio, Tinaco, Estado Cojedes y Jesús Abraham Muñoz Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.463.098, domiciliado bejuma, Estado Carabobo; en beneficio del niño SE OMITE NOMBRE, de dos (02) años, este Tribunal le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
PRIMERO: El ciudadano Jesús Abraham Muñoz Silva, compartirá con su hijo en vacaciones escolares seis (06) días de cada quince (15) días y cuando comience el año escolar compartirá los días sábados y domingo de cada quince (15) días.
SEGUNDO: en temporada de carnaval el niño compartirá con el ciudadano Jesús Abraham Muñoz Silva, y en semana santa con la ciudadana Bader Yuraici Alvarez Díaz.
TERCERO: en el mes de diciembre el niño compartirá con el ciudadano Jesús Abraham Muñoz Silva, una semana incluyendo veinticuatro (24) y veinticinco (25) y los siguientes con la progenitora.
CUARTO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.
Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo sobre Régimen de Convivencia Familiar celebrado entre los ciudadanos Bader Yuraici Alvarez Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.775.858 y Jesús Abraham Muñoz Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.463.098, a favor del niño SE OMITE NOMBRE, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los veintisiete (27) días del mes de julio del año dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria Abg. Kathleen Araujo
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