REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Cojedes
Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente
Dos de julio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: HP11-J-2012-000654
Por recibida la anterior solicitud de Homologación de Obligación de Manutención, presentada por la profesional del derecho Nancy Saray Becerra Rivera, en su carácter de Fiscal Cuarta (IV) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial de Estado Cojedes, actuando en defensa de los derechos e intereses de las niñas SE OMITEN NOMBRES de nueve (09) y siete (07) años, a requerimiento de los ciudadanos Yanexis Yanelin Franco Henríquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 16.774.811, domiciliada en el Camoruquito, calle 2, casa s/n, San Carlos Estado Cojedes y Armando Elías Pérez Torcatt, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.987.881, domiciliado en el asentamiento Campesino Camoruquito, vía el Tigre, San Carlos, Estado Cojedes, este Tribunal le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
 PRIMERO: El ciudadano Armando Elías Pérez Torcatt, aportará por concepto de Obligación de Manutención, la cantidad de Mil Bolívares (Bs. 1.000,00) mensuales, a razón de Quinientos Bolívares (500,00) quincenales, el cual lo depositará en una cuenta de Ahorros del Banco Banesco a nombre de la ciudadana Yanexis Yanelin Franco Henríquez.
 SEGUNDO: El ciudadano Armando Elías Pérez Torcatt, sufragará los gastos en relación a los útiles escolares y los gastos de vestidos, medicinas y tratamiento médicos.
 TERCERO: En el mes de diciembre el ciudadano Armando Elías Pérez Torcatt, realizara la reposición de vestidos, zapatos y juguetes.
 CUARTO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo y así lo deciden.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos Yanexis Yanelin Franco Henríquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 16.774.811 y Armando Elías Pérez Torcatt, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.987.881, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Circuito y la entrega de las respectivas copias certificadas a las partes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y Sellada en la sede del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en San Carlos, a los dos (02) días del mes de julio de dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza
Abg. Fanny Coromoto Castro Moreno
La Secretaria
Abg.