REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS, RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO, FALCÓN, ANZOÁTEGUI, EL PAO, RICAUTER Y GIRARDOT

República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Supremo de Justicia

Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón,
Anzoátegui y el Pao, Ricaurte y Girardot de la
Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
San Carlos de Austria, 30 de julio de 2012.
Años 202° y 153°

Visto el oficio recibido en fecha veintiséis de julio de 2012, procedente del Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, identificado con el número 578, con fecha 25 de julio del mismo año, por el cual requiere se devuelva el despacho signado con el número 3065-12, en el estado, y que conforma la comisión número 565/495, nomenclatura particular de éste Juzgado Ejecutor, así como también la diligencia presentada por el ciudadano abogado Pedro Jesús Casadiego Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 134.440, actuando en su carácter de endosatario por procuración de empresa Aceros Industriales C.A., la cual obra al folio 05 de la presente comisión, mediante la cual solicita se le designe correo especial para el traslado de dicho despacho al Juzgado Comitente; este Tribunal provee de conformidad a lo solicitado y acuerda devolver la presente comisión en el estado que se encuentra, sin cumplir a solicitud del juzgado comitente, déjese constancia de su salida y de sus folios en los libros respectivos. Así mismo se ordena dejar por secretaría copia certificada de cada una de las actuaciones, todo de conformidad con lo establecido el artículo 111 del Código de Procedimiento Civil Vigente; por lo que respecta a lo solicitado por el abogado endosatario por procuración, se acuerda tal petición y se designa correo especial para el traslado de la comisión a que se contrae el presente auto. Líbrense oficios y remítase al comitente. Cúmplase.

Abg. El Juez Provisorio.,


Abg. Leonardo Rafael Arcaya Rodríguez.
El Secretario Acc.,


Abg. Yimis E. Carrizo Rojas

En la misma fecha se libró oficio número JPEM-2012-0730- 065, dirigido Abg. Erika De Lourdes Canelón Lara, Jueza del Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.

El Secretario Acc.,


Abg. Yimis E. Carrizo Rojas


Comisión: Nº 565/495.
LRAR/yecr.