REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 09 de Julio de 2012.
Años: 202° y 153°
Por recibida la presente solicitud de Perpetua Memoria (DECLARACIÓN UNIVERSAL DE HEREDEROS), presentada por los ciudadanos OMARIDYS DEL CARMEN MATUTE MUÑOZ, con cédula de identidad N° V-12.365.258, de estado civil soltero, y de este domicilio, actuando en su condición de heredera y en representación de sus Coherederos; ROJAS PEREZ JESUS MARIA, con cédula de identidad N° V-3.690.284, de estado civil casado, NEIDA COROMOTO MATUTE MUÑOZ, cédula de identidad N° V-10.326.204 de estado civil soltera, MARYELYS DEL VALLE ROJAS MUÑOZ, con cedula de identidad Nro. V-13.593.913, soltera, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, y de este domicilio; debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio, LISBETH ANGULO, titular de la cédula de identidad N° V-18.320.123, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 142.691; el Tribunal de conformidad con la misma y con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las Nueve de la mañana (09:00 a.m.), a fin de que la parte interesada presente los testigos para su declaración.
EL JUEZ TEMPORAL,
Abg. VICENTE A. APONTE M.
LA SECRETARIA ACC,
Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
En la misma fecha, se le dio entrada y quedo anotada bajo el Nº 3908/12.-
LA SECRETARIA ACC,
Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
Solicitud Nº. 3908/12.-
VAAM/FMM/zh.-