REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES.
San Carlos, 03 de Julio de 2012.
Años: 202° y 153°.
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos; DORIS MERCEDES MEDINA HINOJOSA y GREGORIO ALBERTO MARTINEZ, venezolanos, casado entre sí, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.290.591 y V-9.538.095, respectivamente y domiciliados en la Urbanización Luis Arias Andrade, calle Principal, Manzana M-10, casa N° 02, en el Municipio San Carlos, del Estado Cojedes, la primera y el segundo en los Samanes II, calle Tinaquillo, casa sin N, San Carlos, Estado Cojedes; debidamente asistidos por la abogada en ejercicio YURANCY LILIBETH ESCOBAR ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.112.220, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 146.713; por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, se admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, cítese a la Fiscal cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del estado Cojedes, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de citación.
El Juez Temporal,

Abg. VICENTE A. APONTE M.
La Secretaria Acc,

Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
En la misma fecha se libró lo ordenado en el auto anterior. Se expedirán las copias certificadas que acompañan la boleta de citación una vez que la parte interesada provea los medios necesarios para los fotostatos respectivos; y quedó anotada bajo el N° 2036/12.-
La Secretaria Acc,

Abg. FELIXANA MARQUEZ M.
VAAM/JC/hz.-